Polémica con la fecha de un documento de la Fiscalía en un caso de narcotráfico en la Audiencia Nacional
Un mismo escrito de la Fiscalía en un caso de narcotráfico en la Audiencia Nacional con dos fechas diferentes ha provocado una polémica en los últimos meses. Fuentes consultadas por este periódico aseguran que se trata de una maniobra para dar apariencia de legalidad a unos registros que se realizaron en una operación antidroga.
Por tanto, de esta forma, un mismo documento de la Fiscalía aparece en diferentes tomos del sumario. A la postre, podría acabar beneficiando a una organización del narcotráfico holandés porque planean pedir la anulación de las pruebas obtenidas. Es una práctica extraña de movimiento de papeles que, según las fuentes consultadas, se realizó para blanquear unos registros que se hicieron de forma chapucera. Esas fuentes esgrimen que podríamos estar incluso ante una actuación que cabría investigar por presunto delito de falsedad documental.
Las leyes vigentes y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional establecen que, si bien los jueces velan por los derechos de los justiciables, el control de legalidad le corresponde a los fiscales. Cuando un procedimiento se encuentra secreto, para adoptar cualquier medida restrictiva de derechos fundamentales es necesario que, previamente, al fiscal se le consulte. Precisamente, la entrada y registro en domicilios es una diligencia restrictiva de derechos fundamentales, ya que choca con el derecho de inviolabilidad del domicilio.
En el citado caso, la Policía pidió autorización para una serie de entradas y registros en diversos domicilios. La solicitud fue el 23 de octubre de 2018. El juez Santiago Pedraz acordó darle traslado urgente al fiscal para que se pronunciase. Acto seguido, se realizaron esas entradas y registros.
Un mismo escrito, dos fechas
En este marco, el sumario recoge que el fiscal se pronuncia a favor de esas entradas y registros dos veces, con fechas diferentes: con un día de diferencia, una vez con el escrito sellado por la Audiencia Nacional y otra vez sin ese sello de entrada.
En el tomo 1 del sumario, entre el folio 74 y el 77, hay dos páginas que contienen un informe firmado por el fiscal del caso, mostrándose de acuerdo con que se autoricen la entrada y registro de ciertos domicilios; ese escrito tiene fecha de «24 de octubre de 2018». La firma del hoy fiscal europeo está sobre esa fecha, es decir, firmó conociendo la fecha de su propio escrito. Sorprende que ese informe no está foliado, no tiene número de página.
Sin embargo, a continuación aparece un auto del juez afirmando: «En fecha 23 de octubre de 2018, se dictó providencia dando traslado al Fiscal para informe, que ha sido evacuado el mismo día 23 de octubre de 2018». Sin embargo, ese informe del fiscal ponía como fecha la del 24 de octubre de 2018. Informaciones en prensa indican que el registro en varios domicilios de la mafia holandesa en la Costa del Sol se realizó el 23 de octubre, un día antes de la supuesta autorización del Ministerio Fiscal. Se localizaron subfusiles, granadas, cocaína e incluso un laboratorio de otras drogas.
Posteriormente, en el mismo sumario, en el tomo 2, descubrimos que hay un informe de De Lucas idéntico al anterior, pero esta vez sí está sellado. El actual fiscal europeo realiza una firma similar pero no exactamente igual sobre la fecha del «23 de octubre de 2023». Sin embargo, el sello del registro dice «24 de octubre de 2018». No se rellena el apartado «Hora:». Es decir, fue presentado por el fiscal un día después, no sólo de que se acordasen las entradas y los registros, sino, cuando habían sido ya practicadas.
Dos firmas diferentes
Las fuentes consultadas aseguran a que el teniente fiscal antidroga en la Audiencia Nacional cambió la fecha. Sin un informe previo del fiscal todas las entradas y registros acordados por el juez serían nulos de pleno derecho, a ojos de las fuentes de OKDIARIO. Además, la fecha del informe es un elemento o requisito de carácter esencial y, por tanto, podría investigarse si el documento es falso, añaden. El Código Penal fija prisión de tres a seis años, multa de hasta 24 meses e inhabilitación por hasta seis años, para la autoridad o funcionario público que, en sus funciones, cometa esa falsedad.
Estos hechos guardan relación a un caso por tráfico de drogas en el que el Estado pretendía recuperar la friolera de 67.300 millones de euros. Si, finalmente, el juez de instrucción, la Sala de lo Penal o, a la postre, el Tribunal Supremo, consideran que la Fiscalía metió la pata, podría dar al traste una operación en la que a una banda de narcotraficantes holandeses se les intervinieron 4.800 kilos de cocaína.
Libertad a un narco
Por otra parte, en ese mismo procedimiento, la Fiscalía no pudo impedir la puesta en libertad de un procesado por narcotráfico por discrepancias en el cómputo de los meses en prisión provisional. Ese alto cargo del Ministerio Público se ha situado ahora en el centro de la polémica por no facilitar que la Fiscalía Anticorrupción analizara al detalle el megacontrato de mascarillas del ministerio de Salvador Illa con una empresaria condenada por estafa.
El imputado por narcotráfico que se acabó beneficiando es Mohamed Lazaar. Operaba en la Costa del Sol y se fugó a Países Bajos tras estar 15 meses en prisión provisional en España. De Lucas pedía que estuviese entre rejas más tiempo, pero no supo afirmar cuánto tiempo ha pasado en la cárcel entre España y Países Bajos. La Fiscalía pedía 11 años de cárcel para Lazaar. Se le acusaba, junto a otros 17 procesados, de organización criminal por tráfico de drogas y armas en el Sur de España.
Esta instrucción por narcotráfico se ha dilatado de forma indebida y el nuevo fiscal europeo no logró evitarlo. El fiscal apeló la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de liberar a Lazaar en Países Bajos, argumentando que persiste el riesgo de fuga. Sin embargo, no estimaron su petición. La Sala trasladó a De Lucas que Lazaar había superado el límite máximo de meses en detención. Ahora, estará en libertad en el extranjero hasta que se celebre el juicio.